Condiciones generales

Válido a partir del 1 de febrero de 2022

Artículo 1

Las presentes Condiciones Generales regulan todos y cada uno de los suministros, servicios y ofertas suministrados y prestados por nuestra empresa. En caso de que no se haya tenido conocimiento de las mismas hasta nuestra confirmación del pedido, dichas Condiciones Generales constituirán Condiciones Generales formarán parte integrante del contrato cuando una empresa se convierta en parte del mismo con la aceptación incondicional de la mercancía. También se aplicarán a todas y cada una de las relaciones comerciales posteriores, aunque no se hayan acordado expresamente de nuevo. Los términos y condiciones discrepantes de nuestro socio comercial o cualquier otra desviación de los mismos sólo se aplicarán si los hemos confirmado por escrito de antemano. hemos confirmado previamente por escrito.

Artículo 2

Todas y cada una de las ofertas y presupuestos que realicemos se entenderán sin incluir el IVA legal aplicable, respectivamente, y en todos los casos estarán sujetos a cambios sin previo aviso, a menos que se acuerde lo contrario por escrito. sujetos a cambios sin previo aviso, a menos que se acuerde lo contrario por escrito. Todas las declaraciones de intenciones verbalmente o por teléfono sobre la celebración de un contrato requerirán en todos los casos nuestra confirmación por escrito o transmitida electrónicamente para tener validez legal. electrónicamente para tener validez jurídica. No asumimos responsabilidad alguna por los malentendidos que puedan producirse en el marco de las relaciones comerciales telefónicas.

Artículo 3

Los plazos o periodos de entrega acordados o confirmados no se considerarán firmes y vinculantes a menos que se confirmen específicamente por escrito. por escrito. Sólo se considerará que hemos incurrido en mora cuando hayamos incumplido un plazo adicional de al menos cinco días laborables fijado por el Cliente. días hábiles fijado por el Cliente. En los casos en que la entrega o el cumplimiento se nos dificulten considerablemente o nos resulten imposibles, tendremos derecho a tendremos derecho a prorrogar el plazo de entrega o de prestación por el tiempo que dure el impedimento, más un plazo razonable de puesta en marcha. respectivo impedimento, más un tiempo razonable de puesta en marcha, o bien rescindir el contrato total o parcialmente en lo que respecta a la parte de la entrega o la que aún no se haya completado. Esto se aplicará en particular en el caso de impedimentos en la obtención de productos no elaborados, cualquier forma de paralización, la destrucción de productos no elaborados o acabados por incendio o como consecuencia de cualquier otro cualquier otro acontecimiento, dificultades en el suministro de agua, aumentos anormales de los precios de los bienes de consumo y de los materiales indirectos, escasez de energía, huelgas, cierres patronales, etc. de energía, huelgas, cierres patronales, perturbaciones del tráfico, directivas o decretos oficiales de cualquier tipo o forma, escasez de personal, estados de guerra o de sitio, disturbios, tormentas, etc. o asedio, disturbios, tormentas, heladas, malas cosechas totales o parciales, sequías anormales o lluvias sostenidas, enfermedades de las plantas, plagas de parásitos, restricciones a los cultivos y otras restricciones a la producción. plagas, restricciones de cultivo y circunstancias y sucesos similares. La celebración del contrato tendrá lugar con reserva en cuanto a la entrega correcta y puntual a nosotros por parte de nuestros propios proveedores en la medida en que no podamos ser considerados responsables por el incumplimiento por parte de nuestros proveedores de tales obligaciones. responsabilidad por el incumplimiento de nuestros proveedores. En caso de indisponibilidad de la entrega o prestación contractual, se informará de ello al Cliente de la entrega o servicio contractual y se reembolsará sin demora la contraprestación correspondiente. Independientemente de las Sin perjuicio de lo anterior, en todos los casos tendremos derecho al cumplimiento parcial del suministro o servicio contractual. Todos nuestros artículos se fabrican de conformidad con las leyes y reglamentos aplicables en materia de procesamiento de alimentos, lo que se declara en los envases en los que se venden. en los envases en los que se distribuyen y entregan. Una vez recibida la mercancía contractual, el comprador será responsable de la declaración, el almacenamiento y el estado de dicha mercancía. Todos y cada uno de los palés y Todos y cada uno de los palés y embalajes son retornables y deben cambiarse o devolverse. Sólo aceptaremos palés del mismo tipo, dimensiones y calidad idénticos a los entregados, siendo la calidad evaluada por nosotros. En la medida en que los palés no se cambien con regularidad En la medida en que las paletas no se cambien con regularidad y nuestro Cliente incurra en mora en dicho cambio, tendremos derecho a fijar un plazo final de 14 días; El incumplimiento de este último plazo por parte del Cliente nos dará derecho a facturar las paletas que aún no hayan sido devueltas a su precio de nuevo, independientemente de si los palés en cuestión eran nuevos o ya usados.

Artículo 4

Si el Cliente es una empresa, sólo se considerará acordada la descripción del producto del fabricante con respecto a la calidad de la mercancía. Las declaraciones públicas, afirmaciones o publicidad por parte del fabricante no constituirán información contractual complementaria sobre la calidad de la mercancía. información contractual complementaria sobre la calidad de la mercancía. Al recibir la mercancía de nosotros o de nuestro agente, el Cliente deberá inmediatamente examinarlos en presencia del conductor para identificar cualquier defecto o deficiencia, y cualquier defecto o deficiencia que pueda encontrarse deberá comunicárnoslo sin demora facilitando una descripción razonable por teléfono, fax o correo electrónico. El Cliente almacenará los productos supuestamente defectuosos a una temperatura adecuada. No se aceptarán reclamaciones posteriores por defectos evidentes. posterior. Independientemente de la condición anterior, el Cliente estará obligado a informar al Vendedor si tiene conocimiento de cualquier hecho que limiten o excluyan la comerciabilidad de la mercancía debido a exigencias de la legislación alimentaria. Esto también se aplicará si la mercancía entregada por nosotros ya han sido puestas en circulación por el Cliente. En caso de reclamación, podremos hacer que la mercancía en cuestión por un perito. Los honorarios de los peritos que se originen en caso de reclamación justificada correrán por nuestra cuenta y, en caso contrario, por cuenta del Cliente. En el primer caso, el Cliente, si se trata de una empresa, tendrá derecho a una entrega de sustitución o a una reducción del precio de compra, según consideremos oportuno. precio de compra según consideremos oportuno. Todas y cada una de las demás reclamaciones, incluida cualquier forma de reclamación por daños y perjuicios, es decir, aquellas reclamaciones que se hagan valer no sólo por defectos, reducción de la producción o rendimiento defectuoso, quedarán excluidas. Esto no será Esto no se aplicará si se nos puede imputar al menos negligencia grave o en caso de lesiones físicas o daños a la salud o la muerte del cliente por los que podamos ser considerados responsables. del cliente de los que podamos ser considerados responsables. La exclusión de responsabilidad antes mencionada tampoco se aplicará en caso de que incumplimiento negligente de obligaciones contractuales esenciales. En tal caso, la responsabilidad se limitará a los daños típicos y previsibles daños hasta un importe máximo de 1 millón de euros. Las reclamaciones por daños y perjuicios por parte del cliente a causa de un defecto prescribirán prescribirán un año después de la entrega de la mercancía en cuestión, a menos que nuestra responsabilidad se base en una falta intencionada.

Artículo 5

Si el Cliente está obligado contractualmente a adquirir nuestra mercancía en forma de envíos parciales semanales o mensuales, pero se retrasa en hacerlo aunque se trate de un solo envío parcial, estará obligado a pagar por cada semana de retraso una penalización contractual del 2,5% del precio de compra de la cantidad de entrega atrasada. una penalización contractual del 2,5% del precio de compra de la cantidad entregada con retraso, pero no superior al 20% del precio de compra de la cantidad no entregada. la cantidad no entregada. Además, si el Cliente no cumple o se retrasa en el cumplimiento de sus obligaciones contractuales de compra, nosotros tendremos derecho a vender inmediatamente el envío parcial en cuestión en otro lugar o a retirar la mercancía del almacén y cobrar al Cliente los costes adicionales derivados de dicha compra tardía, así como fijar al Cliente un plazo final por escrito de dos semanas para cumplir con dicha obligación. El incumplimiento de este último plazo por parte del Cliente nos dará derecho a rescindir el contrato mediante notificación por escrito y a exigir una indemnización por daños y perjuicios. a rescindir el contrato mediante notificación por escrito y a exigir una indemnización por daños y perjuicios en lugar del cumplimiento. No estaremos obligados a fijar un nuevo No estaremos obligados a fijar un nuevo plazo si el cliente se niega de forma firme o definitiva a recibir la mercancía. La indemnización por daños y perjuicios La indemnización por daños y perjuicios en lugar del cumplimiento ascenderá al 20% del precio total de compra. la cantidad no entregada en la fecha de vencimiento del plazo o de la cantidad residual a la fecha de terminación del contrato. La indemnización por daños y perjuicios se incrementará o reducirá proporcionalmente si podemos demostrar que hemos sufrido una pérdida mayor o si el Cliente puede demostrar que hemos sufrido una pérdida menor. demostrar que hemos sufrido una pérdida menor.

Artículo 6

Salvo confirmación escrita en contrario, nuestras facturas serán pagaderas sin descuento alguno en un plazo de diez días a partir de la fecha de su emisión. a partir de la fecha de su emisión. Los pagos efectuados fuera de dicho plazo devengarán intereses conforme al artículo 288 del Código Civil alemán (BGB). BGB (Código Civil alemán). Los pagos vencidos sólo se considerarán efectuados en su totalidad y según lo acordado cuando se hayan en nuestra cuenta. En caso de pago mediante cheque, también será determinante el momento en el que se haya registrado el pago en nuestra cuenta. en caso de pago por cheque, siempre que éste se presente inmediatamente. En caso de que durante la vigencia de los contratos de suministro celebrados de suministro, la liquidación de las cuentas del cliente se efectúe a través de una sociedad de liquidación o una sociedad asuma el riesgo de crédito en relación con dicho pago, dicha sociedad asumirá el riesgo de crédito en relación con dicho pago. riesgo de crédito en relación con dicho pago, ello nos dará derecho a aumentar el precio contractual en el porcentaje del mismo que debamos pagar entonces a dicha empresa liquidadora. pagar a dicha empresa liquidadora. Al tener conocimiento de que la situación financiera de nuestro Cliente se ha del cliente (por ejemplo, impago de un cheque o letra de cambio o similar), tendremos derecho de inmediato, sin necesidad de recordárselo sin que sea necesario un nuevo recordatorio, a reclamar todas las facturas pendientes y a exigir su pago en efectivo. Además en tal caso, también tendremos derecho a rescindir otros contratos vigentes y a exigir una indemnización. El Cliente sólo tendrá El cliente sólo tendrá derecho a compensación si sus contrademandas han sido establecidas de forma inapelable por un tribunal o reconocidas por nosotros. El El Cliente no podrá ejercer ningún derecho de retención a menos que su reconvención se base en la misma relación contractual.

Artículo 7

Si nuestro Cliente, que nos adquiere mercancías bajo su marca, no acepta la entrega posterior de dichas mercancías por cualquier motivo que fuere, estará obligado, en todos estos casos, a recibir a su costa los embalajes almacenados o ya encargados por por nosotros para el Cliente. Esto también se aplicará si nos negamos a seguir suministrando al Cliente por motivos justificados.

Artículo 8

Conservaremos la plena propiedad de la mercancía entregada hasta que nuestro Cliente haya liquidado todas y cada una de las facturas y reclamaciones pendientes y reclamaciones pendientes, incluidas las derivadas de entregas anteriores o posteriores. Se aplicará lo dispuesto en el artículo 6. El El incumplimiento por parte del Cliente de las disposiciones contractuales, en particular la demora en el pago, nos dará derecho a rescindir el contrato y a exigir la devolución de la mercancía reservada. contrato y exigir la devolución de la mercancía reservada. El Cliente tendrá derecho a revender, transformar, mezclar o utilizar dicha en el curso ordinario de sus negocios, siempre que no se encuentre en mora en los pagos que nos adeude. nos adeude. Cualquier transformación o mezcla de la mercancía tendrá lugar exclusivamente por orden nuestra pero por cuenta de nuestro cliente. Las partes acuerdan en particular que, en caso de que la mercancía haya sido mezclada o transformada, la copropiedad de la mercancía nueva o mezclada pasará a nosotros o tendremos derecho a ella en una proporción que corresponda al valor de los bienes suministrados por nosotros, incluidos los costes de transformación y mezcla. Las partes acuerdan simultáneamente que nuestro Cliente custodiará en nuestro nombre dicho nuevo producto o mercancía mezclada. El Cliente nos cede aquí y ahora todas y cada una de las reclamaciones derivadas de la reventa de la mercancía reservada -incluso después de su transformación o mezcla- en la medida cubierta por nuestra reserva de propiedad. Por la presente aceptamos dicha cesión. A este respecto, nuestro cliente deberá comunicarnos en todo momento, si así se le solicita en cualquier momento los nombres y direcciones de sus clientes, así como el importe de la reclamación en cada caso y notificar a terceros deudores la cesión de reclamaciones mencionada anteriormente. deudores terceros de la mencionada cesión de créditos a nosotros. Asimismo, estaremos autorizados en todo momento a revelar dicha cesión. Nuestro cliente sólo estará autorizado a cobrar los créditos que nos hayan sido cedidos según lo definido anteriormente en la medida en que no esté en sus obligaciones con nosotros. El Cliente se compromete a custodiar dichos créditos exclusivamente para nosotros, en la medida en que sean exigibles, y a abonárnoslos sin demora. Nos reservamos el derecho a cobrar dichos créditos nosotros mismos en caso de que el Cliente, si es una empresa, no cumpla debidamente sus obligaciones de pago y entre en mora. Nuestro Cliente en ningún caso tendrá derecho a hipotecar nuestra mercancía reservada -ni siquiera en caso de transformación o mezcla- ni a pignorarla ni a pignorarla o someterla a gravámenes similares. En caso de que nuestra mercancía reservada -incluso en estado procesado o en estado transformado o mezclado- sea incautada, embargada o sometida a una acción similar por parte de terceros, el Cliente deberá sin demora hacer valer enérgicamente nuestros derechos frente a dicha parte, tomar las medidas legales necesarias e informarnos inmediatamente, enviando y toda la correspondencia y documentos pertinentes y facilitándonos todos los datos necesarios para hacer valer nuestros derechos. hacer valer nuestros derechos. Nos comprometemos a liberar las garantías que nos correspondan en la medida en que superen el valor de los créditos garantizados. valor de los créditos garantizados, en la medida en que éstos aún no hayan sido liquidados, si dichas garantías superan este valor en más de un 20 por ciento. más del 20%.

Artículo 9

Cuando las facturas de los deudores comerciales se paguen mediante el sistema de adeudo directo SEPA/deudor directo entre empresas el cliente recibirá una notificación previa del cobro del adeudo directo a más tardar un día antes de la fecha de vencimiento. vencimiento. Esta notificación previa tendrá lugar con el envío de la factura a pagar.

Artículo 10

Por la presente, el Cliente reconoce y acepta que los datos relevantes puestos a nuestra disposición por el Cliente o por terceros en el marco de la relación comercial se almacenan y procesan en nuestro sistema informático con arreglo a las disposiciones de la Ley alemana de protección de datos. la Ley alemana de protección de datos.

Artículo 11

El lugar de cumplimiento será en todos los casos D-41372 Niederkrüchten/Alemania. La jurisdicción acordada en el sentido del en el sentido del artículo 38, apartado 1, de la Ley de Enjuiciamiento Civil alemana dependerá de la sede principal de nuestra empresa. de nuestra empresa. No obstante, tendremos derecho a entablar acciones legales en la sede principal del cliente. del cliente. Además de nuestras Condiciones Generales de Contratación, la relación contractual se regirá por el Derecho de la República Federal de Alemania, con exclusión de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías. Internacional de Mercaderías.

Artículo 12

En caso de que cualquier parte de este Acuerdo sea inválida o inaplicable, la validez de las restantes disposiciones del mismo no se verá afectada en modo alguno. no se verá afectada en modo alguno. En tal caso, las partes sustituirán las disposiciones inválidas o inaplicables por otras disposiciones que se aproximen lo más posible a la intención comercial de las partes.